Para muchos cubanos que llegan a Brasil buscando refugio, la regularización migratoria es un paso esencial. Una vía común es la reunificación familiar, especialmente cuando han tenido hijos nacidos en Brasil. La ley migratoria brasileña no. 13.445/2017 contempla que los extranjeros que tengan un hijo brasileño pueden obtener un permiso especial de residencia. En la práctica, esto significa que un padre o madre cubano con hijo nacido en Brasil tiene derecho a solicitar la residencia basada en la reunión familiar. Este trámite se gestiona ante la Policía Federal de Brasil.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
En el caso de cubanos con hijos brasileños, el menor actúa como “chamante” (invitante) y el progenitor como “chamado” (solicitante). Ambos deben demostrar claramente el parentesco. Es importante que el familiar brasileño mantenga estatus migratorio legal, ya que la autorización de residencia depende de continuar el vínculo familiar.
Requisitos y documentos necesarios:
La Policía Federal establece una lista de documentos obligatorios para tramitar la autorización de residencia por reunión familiar. Entre los más importantes se incluyen:
- Formulario de solicitud: Debe completarse en línea en el sitio web de la PF, imprimirse y firmarse. Este formulario (código 285/286) es el punto de partida del trámite.
- Pasaporte o documento de identidad válido: El solicitante debe presentar su pasaporte vigente o carné de identidad oficial.
- Certificado de nacimiento o matrimonio: Se requiere el certificado de nacimiento (por ejemplo, del hijo brasileño) o acta matrimonial para comprobar el parentesco. Si el documento de identidad no incluye los datos de filiación, será necesario un certificado adicional.
- Antecedentes penales: Deben aportarse certificaciones de antecedentes emitidas por autoridades judiciales de todos los países donde residió en los últimos 5 años, junto con una declaración jurada de que no tiene antecedentes penales en ningún país.
- Identidad del familiar brasileño: Se exige copia del documento de identidad del familiar residente en Brasil y una declaración firmada que confirme que efectivamente vive en el país.
- Vínculo económico o legal adicional: Si aplica, pruebas de dependencia económica (por ejemplo, envío de remesas o manutención) o documentos de tutela/curatela si el hijo está bajo custodia.
- Pago de tasas: Hay que pagar las tasas federales correspondientes (código 140066, R$168,13 por la autorización; código 140120, R$204,77 por la CRNM) y presentar los comprobantes.
- Fotografía reciente: En caso de que la PF no pueda tomar los datos biométricos del solicitante, conviene llevar una foto 3×4 color reciente, fondo blanco.
Nota: Este listado es básico; la autoridad puede solicitar documentos adicionales según el caso.

Pasos del trámite
- Reunir los documentos según la lista anterior y asegurarse de su legalidad. Si los documentos (nacimientos, antecedentes, etc.) fueron emitidos fuera de Brasil, deben estar legalizados y traducidos. Por ejemplo, si traes partidas cubanas, tendrán que apostillarse en Cuba o legalizarse en un consulado brasileño, y luego traducirse oficialmente al portugués.
- Completar el formulario en línea de la PF. Hay que ingresar al sitio oficial, llenar los datos y descargar la versión para impresión. El formulario deberá firmarse y presentarse junto con los documentos.
- Agendar cita en la Policía Federal. Con la documentación lista, debes programar una cita en la sede de la Policía Federal más cercana a tu domicilio. El día señalado, deberás acudir con todos los documentos en mano.
- Toma de datos biométricos. En la cita, la PF captura huellas digitales y fotografía del solicitante. Si el sistema no funciona, es posible que te pidan la foto 3×4.
- Espera de respuesta. Una vez presentada la solicitud completa, la PF analiza la documentación. Si todo está en orden, autorizará la emisión de la Carteira Nacional de Migratório (CRNM) con el nuevo estatus de residencia.
Legalización y traducción de documentos
Un punto clave es que todos los documentos extranjeros deben legalizarse y traducirse al portugués. Brasil exige traducción pública juramentada para validar documentos extranjeros. Esto significa que cualquier certificado cubano o extranjero (nacimiento, matrimonio, penal, etc.) debe traducirse por un traductor público autorizado (TPIC). Asimismo, los sellos y firmas de autoridades foráneas deben estar apostillados o consulares.
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