El BPC/LOAS (Beneficio de Prestación Continuada) es un apoyo económico garantizado por la Constitución brasileña. Otorga el equivalente a un salario mínimo mensual a personas mayores de 65 años o con discapacidad grave e incapacitante. No es una jubilación ni requiere aportes previos al INSS: simplemente es un beneficio asistencial. El BPC no paga aguinaldo ni deja pensión por fallecimiento. Para ser elegible, la renta mensual familiar per cápita debe ser muy baja (igual o menor a 1/4 del salario mínimo), y en el caso de discapacidad se requiere una evaluación médica y social por el INSS. Es obligatorio inscribirse en el Cadastro Único antes de solicitar el beneficio.
¿Quiénes tienen derecho al BPC/LOAS?
Originalmente, el BPC/LOAS estaba reservado a ciudadanos brasileños (natos o naturalizados) y a nacionales portugueses con residencia fija en Brasil. Debían cumplir además con los criterios de edad o discapacidad y bajos ingresos descritos. Sin embargo, tras el acuerdo de agosto de 2025 entre el gobierno, el INSS y otros organismos, se amplió el acceso a este beneficio. Ahora los migrantes residentes en Brasil en situación regular –incluidos refugiados y solicitantes de asilo– pueden solicitar el BPC usando sus documentos migratorios válidos. En la práctica, esto significa que los cubanos que residan legalmente en Brasil y reúnan los requisitos de edad/discapacidad e ingresos bajos también pueden acceder al beneficio.
El nuevo acuerdo oficializa que la Carteira de Registro Nacional Migratório (CRNM) y el Documento Provisório de Registro Nacional Migratório (DPRNM) son aceptados como comprobante de identidad al solicitar el BPC. De este modo, los inmigrantes regulares –con su RNM o DPRNM en formato físico o digital– pueden presentar estos documentos en el INSS para demostrar su identidad. El acuerdo también implica que este documento migratorio no exime el cumplimiento de los demás requisitos legales del BPC, como la residencia en Brasil y el límite de ingresos. En resumen, si un cubano vive en Brasil con residencia legal y RNM, puede solicitar el BPC/LOAS en igualdad de condiciones con un brasileño.
Requisitos y documentos necesarios
Para solicitar el BPC/LOAS como extranjero en Brasil, se deben cumplir los siguientes puntos:
- Edad o discapacidad: Tener 65 años o más, o ser una persona con discapacidad de larga duración (al menos 2 años) que impida la plena participación social. En caso de discapacidad, se debe aportar certificado médico.
- Bajos ingresos familiares: Demostrar que la renta per cápita del grupo familiar es ≤ 1/4 del salario mínimo. Esto se comprueba presentando documentos como hojas de sueldo, declaraciones, etc.
- Residencia legal en Brasil: Contar con situación migratoria regular. Para extranjeros se requiere la CRNM (cédula de identificación migratoria) o el DPRNM (registro provisional), ya que ahora son aceptados como documento de identidad. Si no se tiene registro biométrico nacional, basta con estos documentos migratorios.
- Cadastro Único: Es obligatorio inscribirse en el registro social del gobierno (CadÚnico) antes de la solicitud. Debe registrarse el solicitante y todos los miembros de su familia.
- Documentos personales: Presentar copia simple de la cédula de identidad, CPF, comprobante de domicilio, y en caso de ser representante legal, los documentos del representante. Si es cubano refugiado o asilado, se debe presentar además certificaciones o resoluciones migratorias pertinentes.
¿Cómo y dónde solicitar el BPC/LOAS?
La solicitud del BPC/LOAS se realiza ante el INSS (Instituto Nacional del Seguro Social). Hay varias vías para hacerlo. En la página web o la aplicación móvil del INSS se puede requerir el beneficio en línea. Allí se ingresa información personal y se adjuntan copias digitales de los documentos.
Antes de solicitar, verifique estar inscrito en el CadÚnico. En los centros de referencia (CRAS) pueden orientar el registro y confirmar documentos. Al requerir el BPC, no se necesita presentar documentos originales: bastan copias simples con foto. El INSS puede requerir originales más adelante si lo considera necesario. Para extranjeros, es clave llevar la CRNM/DPRNM y un pasaporte u otro documento de identidad. Todos los miembros de la familia deben también estar en el CadÚnico y tener CPF activo.

